EL
ABONO GENERALIZADO DE TASAS PARA ACUDIR A LA JUSTICIA SUPONE UN NUEVO
REPAGO JUDICIAL
Y
LA SUPRESIÓN DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA PARA MILLONES
DE CIUDADANOS
La
imposición generalizada de las tasas judiciales a todos los
ciudadanos así como el incremento exorbitante de su cuantía (en
algunos casos, el incremento llega alcanzar el 167% de su cuantía
actual) sólo van a traer como consecuencia que los ciudadanos dejen
de acudir a los tribunales para dirimir sus conflictos, sobre todo en
aquellas reclamaciones de menor cuantía, pues el costo de acudir a
la Justicia (con el abono de tasas, a las que habría que sumar los
gastos de abogado y procurador) será muy superior a la cuantía a
reclamar en muchas ocasiones.
La
exención de esta tasa a las personas que tengan derecho a la
justicia gratuita (un número muy limitado porque los topes para
poder acceder se encuentran por debajo del nivel de pobreza) es una
excusa para justificar esta imposición que supone una regresión al
sistema que imperó en los años 60 y que fue erradicado con la Ley
25/1986 precisamente para propiciar el ejercicio del derecho
constitucional a la tutela judicial efectiva (art. 24 C.E.) por todos
los ciudadanos, cualquiera que fuera su situación económica o
posición social.
La
justificación del Anteproyecto esgrimida por el ministro de Justicia
vuelve
a ser la misma que la utilizada por el Gobierno para imponer su
política de recortes sociales y de derechos de los ciudadanos, esto
es, paliar los efectos de la crisis económica con la recaudación de
fondos públicos y la racionalización del uso de los servicios
públicos, acusando de forma absolutamente discriminatoria y
generalizada a la ciudadanía de abusar de la Justicia.
Como
bien observa el CGPJ en el informe emitido como paso previo a la
tramitación parlamentaria de este Anteproyecto, ya existen
mecanismos legales en nuestro ordenamiento jurídico que disponen las
consecuencias jurídicas para estas actuaciones dilatorias sin
necesidad de articular un sistema que generaliza la implantación de
las tasas e incrementa de forma desmesurada sus cuantías que no
supondrá remedio alguno para estas situaciones y que, además, no
justifica cómo este sistema puede incrementar la eficacia y
racionalización de la Administración de Justicia.
La
verdadera justificación de dicha medida no es otra que propiciar una
reducción de la litigiosidad en los tribunales a través del efecto
disuasorio que implicará la universalización a todos los ciudadanos
de la imposición de unas tasas cuyas cuantías se han visto
incrementadas de una forma abusiva
y desproporcionada,
trasladando el coste económico a los ciudadanos que recaben la
tutela judicial de sus pretensiones, que se sumará a los gastos
ocasionados por la defensa y representación que se deben asumir en
la mayoría de los procedimientos.
Además,
el anteproyecto contempla la derogación expresa del apartado 3, art.
23 de la LJCA por el que se establecía la posibilidad de comparecer
por sí mismos a los funcionarios públicos para la defensa de sus
derechos laborales, lo que supondrá asumir un mayor coste económico
que el de cualquier otro trabajador y, en este sentido, el propio
CGPJ propone en su informe la exención subjetiva para los
funcionarios públicos, en sintonía con la regulación establecida
para los trabajadores que, en el orden social para la defensa de sus
derechos laborales, están excluidos del devengo de tasas por ser
beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuita.
Una
vez más, los funcionarios públicos somos objeto de un atropello
continuo y calculado por este gobierno, en el que no solo se nos
desprestigia públicamente nuestra labor sino que sus medidas
pretenden enfrentarnos a la ciudadanía como falsos “privilegiados”,
pero también con el resto de trabajadores al establecer medidas
totalmente discriminatorias que ahondan en otras anteriormente
adoptadas como fue la obligación de constituir depósitos para
recurrir.
El
Anteproyecto dispone que la recaudación de las tasas servirá para
la financiación de la Justicia gratuita, trasladando así el coste
de ésta a los usuarios de la Administración de Justicia y no a
través de los presupuestos generales, de la recaudación vía
impuestos que, con un sistema progresivo en función de los ingresos,
debe ser la vía general para la financiación de los servicios
públicos pero que vemos como en la actualidad estamos asistiendo a
su desmantelamiento progresivo, a la instauración de un régimen
meramente asistencial en todos ellos, también en el de la justicia,
pues en definitiva la universalización de las tasas judiciales a
todos los ciudadanos implicará una Justicia para el que se la pueda
costear y eludirá la responsabilidad de los poderes públicos en su
obligación de invertir en ella, en su modernización y en una
adecuada dotación de medios materiales pero también personales,
como venimos demandando desde CCOO.
Además
el texto no resuelve el problema que puede suscitarse con otras
medidas similares que ya se han adoptado por las CCAA, como es el
caso de Cataluña que ya aprobó el pasado mes de marzo la imposición
de tasas en su territorio, y que pueden constituir una doble
imposición a los ciudadanos que acudan a los órganos judiciales en
dicha C.A. lo que supondría también una desigualdad en el acceso a
la justicia en función del territorio.
Del
informe del CGPJ, que pone en evidencia muchos de los problemas que
se pueden suscitar y para los que propone algunas soluciones,
extraemos algunas conclusiones que coinciden con lo que CCOO y
algunos otros colectivos relacionados con la justicia venimos
denunciando y que no son otros que:
- La generalización de la aplicación de las tasas judiciales supondrá un coste económico añadido para todos los ciudadanos que recaben la tutela judicial
- El desorbitado incremento de las cuantías tendrá un efecto disuasorio, sobre todo en asuntos de escasa cuantía, y es la burda justificación que utiliza el ministro para conseguir la reducción de la litigiosidad
- Esta reforma no incrementará la eficacia y racionalización de la Administración de Justicia que se dice perseguir
- Es necesario establecer una exención subjetiva en el devengo de las tasas para los funcionarios públicos respecto de los litigios que promuevan en defensa de sus derechos estatutarios y laborales en consonancia con lo establecido para el resto de trabajadores.
¡¡¡POR
LA DEFENSA DE LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA!!!
¡¡¡NO
AL REPAGO JUDICIAL!!!
¡¡¡NO
A LOS RECORTES EN LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS!!!
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