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miércoles, 16 de mayo de 2012

Sobre el anteproyecto de tasas judiciales


EL ABONO GENERALIZADO DE TASAS PARA ACUDIR A LA JUSTICIA SUPONE UN NUEVO REPAGO JUDICIAL Y LA SUPRESIÓN DEL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA PARA MILLONES DE CIUDADANOS

La imposición generalizada de las tasas judiciales a todos los ciudadanos así como el incremento exorbitante de su cuantía (en algunos casos, el incremento llega alcanzar el 167% de su cuantía actual) sólo van a traer como consecuencia que los ciudadanos dejen de acudir a los tribunales para dirimir sus conflictos, sobre todo en aquellas reclamaciones de menor cuantía, pues el costo de acudir a la Justicia (con el abono de tasas, a las que habría que sumar los gastos de abogado y procurador) será muy superior a la cuantía a reclamar en muchas ocasiones.


La exención de esta tasa a las personas que tengan derecho a la justicia gratuita (un número muy limitado porque los topes para poder acceder se encuentran por debajo del nivel de pobreza) es una excusa para justificar esta imposición que supone una regresión al sistema que imperó en los años 60 y que fue erradicado con la Ley 25/1986 precisamente para propiciar el ejercicio del derecho constitucional a la tutela judicial efectiva (art. 24 C.E.) por todos los ciudadanos, cualquiera que fuera su situación económica o posición social.

La justificación del Anteproyecto esgrimida por el ministro de Justicia vuelve a ser la misma que la utilizada por el Gobierno para imponer su política de recortes sociales y de derechos de los ciudadanos, esto es, paliar los efectos de la crisis económica con la recaudación de fondos públicos y la racionalización del uso de los servicios públicos, acusando de forma absolutamente discriminatoria y generalizada a la ciudadanía de abusar de la Justicia.

Como bien observa el CGPJ en el informe emitido como paso previo a la tramitación parlamentaria de este Anteproyecto, ya existen mecanismos legales en nuestro ordenamiento jurídico que disponen las consecuencias jurídicas para estas actuaciones dilatorias sin necesidad de articular un sistema que generaliza la implantación de las tasas e incrementa de forma desmesurada sus cuantías que no supondrá remedio alguno para estas situaciones y que, además, no justifica cómo este sistema puede incrementar la eficacia y racionalización de la Administración de Justicia.

La verdadera justificación de dicha medida no es otra que propiciar una reducción de la litigiosidad en los tribunales a través del efecto disuasorio que implicará la universalización a todos los ciudadanos de la imposición de unas tasas cuyas cuantías se han visto incrementadas de una forma abusiva y desproporcionada, trasladando el coste económico a los ciudadanos que recaben la tutela judicial de sus pretensiones, que se sumará a los gastos ocasionados por la defensa y representación que se deben asumir en la mayoría de los procedimientos.

Además, el anteproyecto contempla la derogación expresa del apartado 3, art. 23 de la LJCA por el que se establecía la posibilidad de comparecer por sí mismos a los funcionarios públicos para la defensa de sus derechos laborales, lo que supondrá asumir un mayor coste económico que el de cualquier otro trabajador y, en este sentido, el propio CGPJ propone en su informe la exención subjetiva para los funcionarios públicos, en sintonía con la regulación establecida para los trabajadores que, en el orden social para la defensa de sus derechos laborales, están excluidos del devengo de tasas por ser beneficiarios del derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Una vez más, los funcionarios públicos somos objeto de un atropello continuo y calculado por este gobierno, en el que no solo se nos desprestigia públicamente nuestra labor sino que sus medidas pretenden enfrentarnos a la ciudadanía como falsos “privilegiados”, pero también con el resto de trabajadores al establecer medidas totalmente discriminatorias que ahondan en otras anteriormente adoptadas como fue la obligación de constituir depósitos para recurrir.

El Anteproyecto dispone que la recaudación de las tasas servirá para la financiación de la Justicia gratuita, trasladando así el coste de ésta a los usuarios de la Administración de Justicia y no a través de los presupuestos generales, de la recaudación vía impuestos que, con un sistema progresivo en función de los ingresos, debe ser la vía general para la financiación de los servicios públicos pero que vemos como en la actualidad estamos asistiendo a su desmantelamiento progresivo, a la instauración de un régimen meramente asistencial en todos ellos, también en el de la justicia, pues en definitiva la universalización de las tasas judiciales a todos los ciudadanos implicará una Justicia para el que se la pueda costear y eludirá la responsabilidad de los poderes públicos en su obligación de invertir en ella, en su modernización y en una adecuada dotación de medios materiales pero también personales, como venimos demandando desde CCOO.

Además el texto no resuelve el problema que puede suscitarse con otras medidas similares que ya se han adoptado por las CCAA, como es el caso de Cataluña que ya aprobó el pasado mes de marzo la imposición de tasas en su territorio, y que pueden constituir una doble imposición a los ciudadanos que acudan a los órganos judiciales en dicha C.A. lo que supondría también una desigualdad en el acceso a la justicia en función del territorio.

Del informe del CGPJ, que pone en evidencia muchos de los problemas que se pueden suscitar y para los que propone algunas soluciones, extraemos algunas conclusiones que coinciden con lo que CCOO y algunos otros colectivos relacionados con la justicia venimos denunciando y que no son otros que:

  • La generalización de la aplicación de las tasas judiciales supondrá un coste económico añadido para todos los ciudadanos que recaben la tutela judicial
  • El desorbitado incremento de las cuantías tendrá un efecto disuasorio, sobre todo en asuntos de escasa cuantía, y es la burda justificación que utiliza el ministro para conseguir la reducción de la litigiosidad
  • Esta reforma no incrementará la eficacia y racionalización de la Administración de Justicia que se dice perseguir
  • Es necesario establecer una exención subjetiva en el devengo de las tasas para los funcionarios públicos respecto de los litigios que promuevan en defensa de sus derechos estatutarios y laborales en consonancia con lo establecido para el resto de trabajadores.

¡¡¡POR LA DEFENSA DE LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA!!!
¡¡¡NO AL REPAGO JUDICIAL!!!
¡¡¡NO A LOS RECORTES EN LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS!!!

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