La rectificación de la convocatoria de
Secretarios Judiciales de su base 2.2 (por la que, en cumplimiento de
la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia (TJE) de 8 de septiembre
de 2011, se computa el tiempo trabajado como funcionario interino en
Gestión para el tiempo mínimo para poder participar en promoción
interna) de la que os informábamos el viernes pasado, se va a publicar
en el BOE esta semana y antes del viernes 17 de febrero.
En relación con este asunto,
CCOO ha mantenido que dicha sentencia no sólo permite el cómputo del
tiempo trabajado como funcionario interino, sino también es ampliable
dicho cómputo al tiempo trabajado como sustituto en el Cuerpo de origen
(en el caso de la promoción a Secretarios, el tiempo trabajado como
sustituto en Gestión).
Como hemos venido informando,
CCOO ha presentado recurso desde que conocimos dicha sentencia, tanto
contra las bases de Gestión, Tramitación y Auxilio Judicial, como contra
las bases de Secretarios, solicitando que se contemplen como cómputo
para poder participar en los procesos de promoción interna tanto el
tiempo trabajado como interino y el tiempo trabajado como sustituto
(evidentemente en el cuerpo de origen, desde el que se pretende
promocionar al cuerpo superior).