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jueves, 7 de noviembre de 2013
Convocatoria concurso MUGEJU presentación solicitudes entidades para el año 2014
En el BOE de hoy, se ha publicado la Resolución de 18 de octubre de 2013, de la
Mutualidad General Judicial, por la que se convoca la presentación de
solicitudes por entidades de seguro para suscribir concierto con esta
Mutualidad para la asistencia sanitaria de mutualistas y beneficiarios
de la misma durante 2014, con previsión de prórrogas
Convocatoria concurso MUGEJU presentación solicitudes entidades para el año 2014
La Consejería pretende mandar al paro a cientos de trabajadores y trabajadoras interinas.
Tras
robarnos salarios y derechos sociales,
La
Consejería pretende mandar al paro a cientos de trabajadores y
trabajadoras interinas.
CCOO,
alarmada por la tardanza en la cobertura de plazas en los Juzgados de
nuestra Comunidad, ha podido saber algunas de las intenciones de la
Consejería de Justicia e Interior de cara al próximo año, en el
tema de nombramientos de interinos; os las contamos:
NO
CUBRIR NINGUNA PLAZA MINIMO
HASTA PASADO TRES MESES.
CENTRALIZAR
LOS NOMBRAMIENTOS EN LA CONSEJERIA, QUE DECIDIRÁ DONDE Y CUANTO
PERSONAL INTERINO SE CONTRATA.
JAMAS
CUBRIR LAS BAJAS PRODUCIDAS POR PERSONAL INTERINO.
CESE
MASIVO DE REFUERZOS.
Se
ha convocado Grupo de Trabajo y Mesa Técnica para el próximo día
14, donde se hablará de Modificaciones de la Bolsa de Interinos y
con casi total seguridad nos anunciarán formalmente estas, y nos
tememos, otras medidas similares. (Os informaremos con detalle).
NORMAS BÁSICAS SOBRE JUBILACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA (I)
La
presente información tiene por objeto explicar, de forma básica, el
acceso a la jubilación de los funcionarios y funcionarias de la
Administración de Justicia y cómo se calcula la pensión de
jubilación.
A
los efectos de jubilación hay que tener en cuenta:
- si el funcionario de la Administración de Justicia ingresó en nuestra Administración antes del 1.1.2011, está adscrito al Régimen de Clases Pasivas, y su jubilación se regula en la Ley de Clases Pasivas (LCP).
- si el funcionario ingresó en nuestra Administración a partir del 1.1.2011, está adscrito al Régimen General de la Seguridad Social, y su jubilación se regula en la Ley General de la Seguridad Social (LGSS).
Tipos de jubilación
Jubilación
forzosa:
(art. 492 LOPJ) todos los funcionarios de la Administración de
Justicia se jubilan con carácter forzoso al
cumplir la edad de 65 años,
la cual se declara de oficio. No obstante los funcionarios pueden
prolongar voluntariamente su
permanencia en el servicio activo, como máximo hasta que cumplan 70
años de edad, siguiendo el procedimiento legal o reglamentariamente
establecido.
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