- Orden por la que se dictan instrucciones para el abono de la tercera parte de la paga extra de diciembre de 2012.
Si estuviste en activo en Andalucía en algún momento del período comprendido entre el 01/06/2012 y 30/11/2012, tienes derecho a la misma.
La devolución se hará según las siguientes reglas:
1.- Si estás en activo en Andalucía a 01/02/2017, la devolución se hace de oficio en tu nómina.
2.- Si no estás en activo en Andalucía a esa fecha, la devolución se hace previa solicitud dirigida a la Dirección Gral. de Oficina Judicial y Fiscal, según modelo anexo incluído en la Orden.