En el BOJA de hoy se ha
publicado una orden de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública por la que se desarrolla lo establecido en la disposición
adicional
trigésima octava de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2013, en materia de ausencias por enfermedad o accidente que no
den lugar a incapacidad
temporal.
El
ámbito de aplicación de esta Orden se extiende al personal funcionario y
laboral de administración general al servicio de la Junta de Andalucía,
por lo que entendemos que en relación al personal de Justicia este régimen de ausencias
vendrá regulado en el manual de vacaciones pendiente de publicar.