PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: 10 días naturales siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
- El número máximo de órganos judiciales que se podrá
solicitar entre plazas vacantes y
resultas, no podrá superar los 200 números de orden, entendiendo que cada
número de orden comprende todas las vacantes anunciadas y posibles resultas, en
su caso, del órgano judicial de que se trate
-
Desde la fecha de publicación de esta Orden y durante el periodo de
presentación de solicitudes, se expondrá en la página web del Ministerio
(www.mjusticia.gob.es) los códigos de resultas.
- No se admitirá ninguna
modificación a la solicitud de destino formulada ni desistimiento a la participación
en el concurso, una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias.
Tampoco se admitirá, una vez resuelto el concurso provisional o
definitivamente, la renuncia al destino obtenido, por ningún motivo alegado, ni
tampoco por el hecho de haberse equivocado el concursante a la hora
de rellenar los números de orden de la instancia.
- Los
funcionarios destinados definitivamente, los que se encuentren en
situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares que
tengan reservado su puesto de trabajo, en el ámbito gestionado por el Mº Justicia, y aquellos funcionarios del
Cuerpo de Gestión PA, y Tramitación PA, ambos con destino provisional, de las
Oposiciones convocadas por Orden JUS/1654/2010, de 31-5, Orden JUS/2370/2011,de 21-7 y Orden
JUS/2371/2011, de 21-7, presentarán su solicitud señalando el recuadro V-1 del Anexo II de esta
Orden, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, dirigida al Director General de Relaciones con
la Administración
de Justicia, en el Registro de Entrada de la Gerencia Territorial
del Ministerio de Justicia que corresponda al Tribunal o Juzgado en que
estuvieran destinados, en las direcciones que constan en la Orden.
- Los
funcionarios destinados en Juzgados o Tribunales de las comunidades que tienen asumidas las competencias de justicia (País Vasco, Cataluña
, Galicia, Comunidad Valenciana, Canarias,
Andalucía, Navarra
, Madrid, Cantabria
, Aragón, Asturias y La Rioja,), presentarán su solicitud al
Departamento de Justicia de la Comunidad Autónoma
de su actual destino.
- Los funcionarios que se
encuentren en excedencia del art. 506. d) de la Ley Orgánica
19/2003,
de 23 de diciembre, que modifica la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial, que
deseen solicitar plazas ofertadas en el presente concurso, presentarán su
solicitud, señalando el recuadro V-2 del Anexo II de esta Orden, cumplimentando
todos los apartados que se le exijan, en el Registro General del Ministerio de Justicia (Calle Bolsa, 8.-
28012 Madrid), dirigida a la siguiente dirección:
Ministerio de Justicia - Subdirección General de
medios personales al servicio de la Administración
de Justicia - Sección Concursos C/ San Bernardo, 21 (28015 Madrid).
- El resto de solicitantes que deseen participar en
el presente concurso, como por ejemplo, los participante con adscripción provisional por haber reingresado al servicio
activo; excedentes voluntarios por agrupación familiar
o por interés particular; los incursos en reordenación de efectivos del art.
52.c) del R.D. 249/96, de 16 de febrero, o en reasignación forzosa del Art. 67
del R.D. 1451/2012; los adscritos provisionales por cese o renuncia de
un puesto obtenido por libre designación o por haber renunciado a un puesto
obtenido por concurso específico, presentarán su solicitud, señalando el recuadro V-3
del Anexo II de esta Orden, cumplimentando todos los apartados que se le
exijan, en el registro y a la dirigida a la dirección señalados en el anterior punto.
- Los excedentes voluntarios por interés particular
acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados de cualquiera
de las Administraciones Públicas.
Los
excedentes voluntarios por prestación de servicios en el sector público según
el art. 506 d) de la LOPJ deberán acompañar a su solicitud
de participación en el concurso una declaración de no encontrarse en situación
de suspensión firme de funciones.
- La
solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario
participante. Del mismo modo deberán optar por participar
desde el cuerpo en que el funcionario se encuentre en activo, o reingresar al
servicio activo en otro cuerpo del que formen parte como excedentes. En caso de
presentar dos instancias solicitando destinos en dos Cuerpos y Escalas
distintos, serán anuladas las dos solicitudes, quedando, por tanto, el
funcionario excluido de la participación en el concurso.
NOTA:
Hemos advertido que en la Orden que convoca el concurso de traslado en
el ámbito gestionado por el Ministerio de Justicia únicamente se
convocan las plazas correspondientes al Cuerpo de auxilio judicial, CCOO remitirá inmediatamente una reclamación al Ministerio de Justicia
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