CARTA DIRIGIDA AL MINISTRO DE JUSTICIA
Madrid,
2 de octubre de 2012
Una
vez conocido por este sindicato el proyecto de Ley General de
Presupuestos del Estado para 2013 que aprobó el Gobierno la pasada
semana, en uno de los aspectos cuya responsabilidad corresponde al
ministerio del que Vd. es titular, debemos hacerle las siguientes
consideraciones y reclamaciones:
En
relación con la OEP para 2013, el proyecto aprobado por el Gobierno
no incluye lo comprometido por Vd. en la única reunión que ha
mantenido desde que tomó posesión con los sindicatos más
representativos de la Administración de Justicia.
Que
dicho proyecto recoja en su art. 23.Uno que “la
limitación contenida en el apartado anterior –es
decir la prohibición de incorporación de nuevo personal en el
sector público- no
será de aplicación a la Administración de Justicia –entre
otros-, en los que la
tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 10%”
es para CCOO claramente insuficiente y, lo que es más grave, no
respeta su compromiso con los sindicatos declarado por Vd. en la
reunión celebrada el pasado 19 de junio pasado.
Y
no lo respeta porque, en el mejor de los casos, si el Gobierno
aprobara una OEP en la Administración de Justicia para 2013 de un
máximo del 10 % de la tasa de reposición, esta oferta de empleo
sería ridícula en el conjunto de España, y no cubriría ni de
lejos las necesidades de esta Administración si nos atenemos a una
estricta interpretación de lo que se considera tasa de reposición,
pues en la Administración de Justicia, como ya pusimos de
manifiesto, la tasa de reposición debe ser considerada como el
conjunto de plazas vacantes que, como mínimo ascenderían a más de
5.000 plazas susceptibles de ser convocadas a oposición entre todos
los Cuerpos de la Administración de Justicia, además de aquellas
plazas que pudieran derivarse de la eventual creación de unidades
judiciales. La diferencia es sustancial.
Creíamos
que el ministro de Justicia había entendido que en la Administración
de Justicia las necesidades de cubrir las plazas no ocupadas por
personal titular era una evidencia si todos compartiéramos el
objetivo de disminuir la alta tasa de temporalidad existente en este
sector (+30% en algunos casos) y dar un servicio rápido y de calidad
a los ciudadanos, y esa evidencia era compartida también por el
ministerio de Justicia.
Creíamos
que el ministro de Justicia había entendido que la convocatoria de
la OEP en la Administración de Justicia no genera gasto alguno al
tesoro público, porque en nuestro caso todas las plazas vacantes no
ocupadas por personal titular también están presupuestadas, y su
gasto está previsto en las normas presupuestarias.
Creíamos
que los compromisos del ministro de Justicia con los trabajadores no
estaban en cuestión y, de acuerdo con esta norma no escrita, en la
LGPE para 2013 se incluiría la convocatoria de la OEP en la
Administración de Justicia de todas las plazas no ocupadas por
personal titular.
Y
creíamos que en una situación de paro como la que vive España, a
la que el Gobierno declara públicamente que presta la máxima de sus
atenciones, que conociendo el ministro de Justicia perfectamente que
la convocatoria de OEP en la Administración de Justicia no genera
gasto alguno, que dicha convocatoria puede paliar en alguna medida la
situación de empleo en precario de miles de trabajadores y
contribuir a mejorar la situación existente de desempleo en España,
renacería la cordura en la Administración y por fin se convocaría
nuevamente la OEP en la Administración de Justicia.
Pero
como no ha sido así, como lo establecido en el proyecto de LGPE para
2013 es la limitación de hasta un máximo de un 10% de la tasa de
reposición y eso no garantiza ni siquiera que haya convocatoria de
la OEP en la Administración de Justicia y, en todo caso, no asegura
una convocatoria no residual de plazas, es
por lo que desde CCOO le reclamamos que el ministerio de Justicia
inste al Gobierno a presentar una enmienda a los presupuestos
generales del Estado para 2013 en el sentido siguiente:
LGPE
2013:
ARTÍCULO
23. Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión
de la provisión de necesidades de personal
EN
EL APARTADO UNO DE ESTE ARTÍCULO, MODIFICAR LA LIMITACIÓN DEL
MÁXIMO DEL 10% DE LA TASA DE REPOSICIÓN PARA LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA, quedando redactado lo referente a la Administración de
Justicia de este apartado como sigue:
“En
la Administración de Justicia, en 2013 se convocará proceso
selectivo de los Cuerpos de Secretarios Judiciales, de Gestión
Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa
y de Auxilio Judicial así como de los Cuerpos Especiales de la
Administración de Justicia, para cubrir todas las plazas que se
encuentren vacantes y no estén cubiertas en el momento de la
convocatoria por personal titular”
Esperando
una rectificación del Gobierno, atentamente
Flora
Martínez García
Secretaría
General del Sector de la Administración de Justicia de CCOO
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