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lunes, 28 de julio de 2014

Las futuras OFICINAS JUDICIALES DE PAZ


Las llamadas Oficinas Judiciales de Paz no serán centro de destino propio y , por tanto , no podrán pedirse directamente en un concurso de traslado

Afirman CSIF, UGT y STAJ , firmantes de un acuerdo con el Ministro “privatizador” Gallardon, que “ se mantienen los centros de destino previstos en la LOPJ vigente” . Pues NO, ya que el Acuerdo elimina cualquier referencia a la Justicia de Paz en los centros de destino.

Tras la firma del Acuerdo, y comprobado su contenido, resulta que estaban y están , cuando menos, equivocados. El Acuerdo firmado dice textualmente : “ Se reconocerá, como tal centro de destino, cada unos de los servicios comunes procesales que radiquen en el mismo municipio, las unidades procesales de apoyo directo a órganos judiciales que radiquen en el mismo municipio, el Registro Civil Central y los Registros Civiles Únicos en cada localidad, donde los hubiese en tanto en cuanto no entre en vigor la normativa especifica en materia de Registro Civil, cada una de las Fiscalias, cada uno de los IML, cada una de las sedes del Instituto Nacional de Toxicologia y Ciencias forenses conforme a su norma de creación, la MUGEJU, el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional”.

En esa relación exhaustiva de centros de destino, no figuran nada relacionado con Juzgados o Oficinas Judiciales de PAZ, y por tanto, nadie podrá pedir en concurso de traslado una Oficina Judicial de Paz, en base al Acuerdo suscrito. Y por esta y otras razones, CC.OO no ha suscrito el citado Acuerdo.

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