Etiquetas

viernes, 27 de junio de 2014

Atención al cómputo de plazos de las notificaciones por Lexnet

Atención al cómputo de plazos de las notificaciones por Lexnet

  La reciente Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 9 de junio de 2014 (rec.: 2600/2013) aborda una cuestión de gran importancia en relación al cómputo de plazos y caducidad de los mismos cuando la notificación a los procuradores de los actos que abren el trámite o plazo se efectúa por Lexnet. En el caso planteado se recurre en casación el Auto que confirma la caducidad de un recurso por no haber formulado la demanda en plazo. La entidad recurrente reacciona aduciendo que fue temporánea, y se plantea bajo perspectivas nuevas el viejo debate de si era suficiente la recepción de la notificación en el Servicio Colegial o se precisaba además que el Procurador destinatario accediese a su buzón virtual. Veamos el debate y la conclusión.

1. El propio Tribunal Supremo centra el litigio en lo siguientes términos:

SEGUIR LEYENDO EN EL BLOG DE SEVACH 

No hay comentarios:

Publicar un comentario