El Consejo de Ministros
aprueba el anteproyecto de LOPJ que eliminará decenas de partidos
judiciales y de órganos judiciales pues el mantenimiento de algunos
centros de trabajo en las actuales cabeceras de partidos judiciales
será excepcional, mientras insiste en la privatización de los actos
de comunicación y ejecución que asigna a las procuradores (salvo
los lanzamientos) y aprovecha para reducir de un 50 a un 30% las
plazas de promoción interna en las oposiciones
GALLARDÓN
MIENTE EN LA RUEDA DE PRENSA POSTERIOR AL CONSEJO DE MINISTROS
ASEGURANDO QUE NO DESAPARECERÁN LOS JUZGADOS DE PAZ
Y
VUELVE A MENTIR CUANDO ASEGURA QUE LOS TRIBUNALES PROVINCIALES DE
INSTANCIA NO SUPONDRÁ LA DESAPARICIÓN DE SEDES JUDICIALES
LA
REFORMA DE LA LOPJ DECRETA LA MOVILIDAD GEOGRÁFICA Y FUNCIONAL
FORZOSA, AL ESTABLECER COMO CENTRO DE DESTINO EL CONJUNTO DE
SERVICIOS COMUNES Y UNIDADES DE APOYO DIRECTO QUE RADIQUEN EN LA
MISMA PROVINCIA
Para
CCOO
no está garantizado en absoluto el mantenimiento de todos los
puestos de trabajo actuales y anunciamos un durísimo proceso de
negociación y movilización si el Gobierno no garantiza el empleo,
las retribuciones y la no existencia de procesos de movilidad
geográfica forzosa.
Esta
reforma también es un atentado a los derechos de la ciudadanía
CCOO
LLAMA A PARAR ESTA REFORMA PORQUE ES UN DURO GOLPE QUE ATENTA
GRAVEMENTE A LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS Y ALEJA
AÚN MÁS LA JUSTICIA DE LA CIUDADANÍA
Para
el próximo viernes, 11 de Abril, el Ministerio de Justicia ha
convocado mesa sectorial de negociación en cuyo primer punto del
orden del día se establecerá un calendario de negociación del
anteproyecto de LOPJ, que anuncia, entre otras, las siguientes
modificaciones sobre la actual, de las que CCOO
ha venido advirtiendo de forma reiterada desde el mes de junio de
2013:
DESAPARICIÓN
DE LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES.-
Sus
competencias actuales en 1ª Instancia pasarán a los nuevos
Tribunales Provinciales de Instancia y los recursos a los TSJ.
CREACIÓN
DE LOS TRIBUNALES PROVINCIALES
DE
INSTANCIA.-
Asumirán
además todas las competencias actuales de los Juzgados y su ámbito
territorial será provincial, despareciendo así los partidos
judiciales, y, con ello, decenas de órganos judiciales.
DESAPARICIÓN
DE LOS JUZGADOS DE PAZ.-
La
presión ciudadana y sindical contra estas propuestas, que ya estaban
contenidas en el documento elaborado por la “comisión de expertos”
que ha servido de base a este anteproyecto de Ley, ha obligado al
ministro Gallardón a maquillar el texto presentado y no ha tenido
ningún empacho en mentir a la ciudadanía asegurando que
“desaparecerán
los jueces de paz pero no los juzgados de paz”
cuando en el anteproyecto se contempla, no solo su cierre definitivo,
sino también un periodo transitorio para el personal destinado en
los Juzgados de Paz hasta la entrada en vigor de esta Ley en el que
“las
competencias jurisdiccionales atribuidas a los Juzgados de Paz
corresponderán a los Juzgados de Primera Instancia o de Instrucción,
y el
personal al servicio de la Administración de Justicia que preste
servicios en los Juzgados de Paz quedará adscrito al Servicio Común
de Notificaciones y Embargos
con sede en la
que fuera hasta ahora cabecera del partido judicial del que
dependiera, o se constituirá si no lo hubiere, aunque podrán
constituirse unidades desplazadas del Servicio Común de
Notificaciones y Embargos en aquellas localidades en las que sea
necesario en atención a la población y trabajo existente, previa
decisión de la Administración competente”.
GALLARDÓN
SUPRIME LAS GARANTÍAS ACTUALES DEL CENTRO DE TRABAJO Y ESTABLECE
COMO CENTRO DE DESTINO LA PROVINCIA.-
Se amplía a la provincia el centro de destino para los trabajadores
y trabajadoras. La Administración podrá imponer la movilidad
geográfica y funcional dentro de la provincia, pues se accederá en
las RPT a un servicio común o a una unidad de apoyo directo de
ámbito provincial. Nadie estará ya destinado en un centro de
trabajo concreto.
La
exposición de motivos del anteproyecto de LOPJ expresa nítidamente
esa posición de la movilidad forzosa: “la
idea -de
los Tribunales Provinciales de Instancia- (…)
permitirá ganar flexibilidad y maximizar los recursos existentes (…)
reasignando efectivos dentro del mismo órgano judicial -recordemos
de ámbito provincial-
para hacer frente a necesidades cambiantes del servicio público de
la Justicia. (…) sin necesidad de crear o suprimir órganos
judiciales ni alterar la planta existente.
PRIVATIZACIÓN
DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y EJECUCIÓN.-
El
texto presentado recoge literalmente que “los
Procuradores podrán realizar los actos procesales de comunicación
judicial, embargos y ejecución, a excepción de los lanzamientos,
así como otras tareas de auxilio y cooperación con los Tribunales”
, lo que, además de suponer un inaceptable coste adicional a la
ciudadanía, pone en peligro también centenares de puestos de
trabajo de personal de justicia que en la actualidad realizan dichas
actuaciones.
En
esta misma línea, y en relación con la supresión de los juzgados
de fuera de las capitales de provincia derivada de la implantación
de los Tribunales Provinciales de Instancia, el texto presentado por
el ministro recoge:
“Asimismo,
en la Ley de Demarcación y Planta Judicial podrán establecerse
sedes desplazadas de todas o alguna de las Salas de los Tribunales
Provinciales de Instancia en aquellas localidades y municipios del
territorio provincial en los que, a la entrada en vigor de la
presente Ley, estuvieran radicadas sedes judiciales distintas de los
Juzgados de Paz, en
atención a la valoración conjunta de las siguientes circunstancias:
1ª.
Volumen y dispersión de la población en el territorio provincial.
2ª.
Relevancia de la carga de trabajo de los órganos jurisdiccionales
existentes, según los módulos establecidos conforme a las
determinaciones de la LOPJ.
3ª.
Distancia de la sede desplazada a la capital de la provincia.
4ª.
Tiempo de desplazamiento en transporte público desde la sede
desplazada a la capital de la provincia.
5ª.
Carácter uniprovincial de la Comunidad Autónoma.
6ª.Especiales
características orográficas o geográficas del territorio
provincial y, singularmente, las que dificulten los desplazamientos a
la capital de la provincia.
7ª.
Insularidad del territorio provincial.
8ª.
Existencia, estado y posibilidad de aprovechamiento de edificios e
infraestructuras judiciales existentes en la sede desplazada.
9ª.
Posibilidad de amortización y de recuperación de las inversiones
efectuadas en los edificios e infraestructuras judiciales de la sede
desplazada.”
Este
texto, repetimos, ha sido fruto de la presión ciudadana y sindical
contraria al cierre de los juzgados de fuera de las capitales de
provincia, pero no garantiza, en absoluto, el mantenimiento de todas
las sedes judiciales actuales y, mucho menos, de los puestos de
trabajo allí existentes. Por un lado, el mantenimiento o no de estas
sedes tendrá que ser aprobado en la futura Ley de Planta que también
se decidirá en las Cortes Generales a propuesta del Gobierno y de
cuyo contenido la única noticia que tenemos es la propuesta
elaborada por la “comisión de expertos” que no hace ninguna
mención al respecto. De otra parte queda claro que estas sedes
desplazadas de los tribunales provinciales
de
instancia solo se implantarán en las pocas actuales cabezas de
partido judicial que cumplan los requisitos expresados de forma
conjunta y, por tanto, otras muchas sedes quedarán definitivamente
cerradas y sus trabajadores despedidos (en el caso del personal
interino) o trasladados de localidad en el caso del personal de
carrera, al igual que pasará en los juzgados de paz a los que nos
hemos referido anteriormente.
Por
último, CCOO
quiere denunciar que el Ministerio de Justicia aprovecha, una vez
más, para intentar colar “de tapadillo” y sin previo aviso
importantes modificaciones en nuestro estatuto profesional. Como
ejemplo, señalamos que las plazas de las ofertas de empleo público
reservadas para la promoción interna se reducen del 50 al 30% en
todos los cuerpos, aunque se establecen mecanismos de convocatorias
de promoción interna (salvo hacia el cuerpo de Secretarios)
independientes de las oposiciones.
De
un estudio más minucioso de otras modificaciones de nuestras
condiciones de trabajo que puedan contenerse en este anteproyecto de
ley informaremos en breve tras el estudio exhaustivo del texto
presentado.
CCOO
DEFENDERÁ EN LA MESA DE NEGOCIACIÓN EL MANTENIMIENTO TODOS Y CADA
UNO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO ACTUALES, LA CONVOCATORIA INMEDIATA DE
OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO CON LA TOTALIDAD DE LAS PLAZAS VACANTES
PARA ASEGURAR EL EMPLEO, LA NO REDUCCIÓN DE LAS ACTUALES
RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS EN NINGÚN CASO, LA IMPOSIBILIDAD DE
TRASLADOS DE LOCALIDAD FORZOSOS Y EL MANTENIMIENTO DE LAS FUNCIONES
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN MANOS DE EMPLEADOS PÚBLICOS.
¡¡HAY
QUE PARAR LAS REFORMAS DE GALLARDÓN, NO ESPERAR A SUFRIR
SUS CONSECUENCIAS!!
MARTES, 8 de ABRIL
CONCENTRACIONES
DE TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN TODA ESPAÑA
►► EN MADRID, a las 17:00 HORAS
ante el MINISTERIO DE JUSTICIA (C/ SAN BERNARDO 45)
(Convocan CCOO, STAJ y UGT)
SOBRAN
RAZONES PARA MOVILIZARNOS,
EN
ANDALUCIA EL RESTO DE SINDICATOS, ADEMAS DE ROMPER LA UNIDAD
SINDICAL, ¿QUE PROPONEN?
hoja informativa
Anteproyecto de la nueva LOPJ
hoja informativa
Anteproyecto de la nueva LOPJ
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