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miércoles, 26 de junio de 2013

El personal de Justicia equipara sus complementos por bajas temporales a los de la Administración General de la Junta


El personal de la Administración de Justicia en Andalucía percibirá los mismos complementos que el resto de los funcionarios de la Junta por situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, riesgo en lactancia natural, maternidad, paternidad, adopción y acogimiento. El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que hace posible esta equiparación y que permitirá a los empleados de la Justicia alcanzar el cien por cien de sus retribuciones en los mismos términos y supuestos reconocidos para la Administración General de la Junta.
Con esta regulación se pretende hacer efectivo el principio de igualdad en un doble sentido, ya que se equiparan las distintas categorías de personal al servicio de la Administración de Justicia poniendo fin a la diferencia retributiva entre funcionarios de carreras e interinos en situación de incapacidad temporal y se equiparan funcionarios e interinos de Justicia con los que prestan servicio en la Administración General de la Junta.
La norma, negociada con las organizaciones sindicales y con el informe favorable del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), beneficia al personal funcionario de los cuerpos de Médicos Forenses; Gestión Procesal y Administrativa; Tramitación Procesal y Administrativa, y Auxilio Judicial, tanto los pertenecientes al Régimen General de la Seguridad Social como al mutualismo administrativo.
La Ley Orgánica 8/2012, de 27 de diciembre, de medidas de eficiencia presupuestaria en la Administración de Justicia, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece las prestaciones económicas que perciben los funcionarios de Justicia en situación de incapacidad temporal y habilita a las comunidades autónomas para establecer los supuestos en los que se abonará el cien por cien de las retribuciones desde el primer día de baja.
El decreto aprobado hoy plasma esta atribución de la Junta en una equiparación a la normativa vigente en su Administración General, garantizando así la igualdad de trato entre las distintas clases de empleados públicos.

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