- Para CCOO los restrictivos Presupuestos General del Estado no puede suponer cada año la modificación de las normas que regulan las prestaciones de la Mutualidad.
- CCOO vuelve a proponer que los jubilados voluntarios también tengan derecho al subsidio de jubilación.
El
pasado martes 4 de junio se reunió en Madrid la Comisión Permanente
de la Mutualidad General Judicial, convocada con carácter
extraordinario al objeto de informar y debatir la propuesta de la
Gerencia sobre la reforma del art. 103.2 del Reglamento del
Mutualismo Judicial, que regula el subsidio de jubilación de los
mutualistas funcionarios y funcionarias de la Administración de
Justicia.
La
redacción
actual
de este artículo establece que el subsidio de jubilación, al que
tienen derecho los jubilados forzosos y los jubilados por incapacidad
al llegar a la edad de jubilación forzosa (no así los jubilados
voluntarios, que fueron excluidos de esta prestación al aprobarse el
citado Reglamento) es una
única paga de dos veces las retribuciones básicas de la última
nómina.
La propuesta
de la Gerente de la Mutualidad
de modificación de este artículo consiste en establecer que su
cuantía será dichas retribuciones
básicas multiplicadas por un coeficiente a aprobar por la Gerente de
la Mutualidad,
sin informe alguno de la Comisión Permanente, en función de las
disponibilidades presupuestarias. A título de ejemplo, este
coeficiente en
MUFACE hoy es del 0,5, con lo que nuestro subsidio de jubilación muy
posiblemente se reduciría al 75 % de la cantidad actual,
nuevo recorte que se añadiría a los ya acordados por la Gerente en
diciembre del año pasado y que progresivamente supone un
desmantelamiento de las prestaciones que ofrece la Mugeju.
Para
CCOO la aprobación de esta propuesta de modificación del art. 103.2
del Reglamento del Mutualismo Judicial supondría
la reducción significativa del subsidio
por jubilación incluido en la sección de prestaciones sociales y
asistencia social e,
incluso, podría conllevar su desaparición.
El presupuesto de ingresos y gastos de la Mutualidad General Judicial
viene establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de
cada año; el subsidio de jubilación se incluye dentro del mismo
programa presupuestario que las ayudas de la protección
sociosanitaria (ayudas a personas mayores y dependientes), que para
el año 2013 han tenido un recorte global del 80 % de su presupuesto
respecto del año 2012. Tal y como ha sucedido con la Ley de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 bastaría con que
el presupuesto del gasto destinado a las prestaciones económicas se
siga reduciendo para que, correlativamente, quedaran afectadas o
incluso suprimidas, todas aquellas prestaciones cuyo contenido y
cuantía no estén determinados en el Reglamento del Mutualismo
Judicial. Y la
propuesta de la Gerente tiene por objeto que la cuantía del subsidio
de jubilación no esté regulada en el Reglamento del Mutualismo
Judicial, sino que quede a la discrecionalidad de la misma.
Discrecionalidad que ha supuesto que 18 prestaciones se hayan
modificado o suprimido en un año.
En
esta reunión por parte de la Gerente se intentaron justificar los
motivos de su propuesta, que es simplemente adaptar nuestras
prestaciones a los Presupuestos que establezca cada año para la
Mugeju el Gobierno.
Los
representantes de los compromisarios en la Comisión Permanente
centramos el debate en el subsidio de jubilación y no en las
políticas presupuestarias del Gobierno, para incluso mejorarlo,
oponiéndonos a la modificación del art. 103.2 del Reglamento del
Mutualismo Judicial porque entendemos que:
- este subsidio, de alguna manera, palía la minoración de las retribuciones que el Mutualista deja de percibir cuando se jubila.
- No se puede permitir de ninguna manera que los restrictivos Presupuestos General del Estado supongan cada año la modificación de las normas que regulan las prestaciones de la Mutualidad. La política presupuestaria debe estar al servicio de la política legislativa, no al revés. No es de recibo que habiéndose aprobado el Reglamento del Mutualismo Judicial hace dos años, que ya suprimió sin informe alguno de la Comisión Permanente el subsidio de jubilación a los jubilados voluntarios conseguido en el año 2008, ahora cada año se esté reformando y eliminando prestaciones (repetimos, en lo que va de año son ya 18, entre las suprimidas o aminoradas sus cuantías), al compás de los recortes presupuestarios impuestos en los PGE por los gobiernos de turno. Hoy es el subsidio de jubilación, mañana puede ser el subsidio por incapacidad temporal o permanente, etc.
Al
respecto, y de conformidad con el informe que CCOO ya emitió en el
mes de abril en relación al proyecto de modificación del subsidio
de jubilación, propusimos
además:
- Que en caso de modificar la regulación del subsidio de jubilación se vuelva a incluir entre sus beneficiarios a los jubilados voluntarios, cuya situación es idéntica o incluso con más derecho que los jubilados por incapacidad, que sí tienen derecho al subsidio por jubilación, a lo que se opone la Gerencia de la Mutualidad.
- Que la modificación del subsidio no sea de aplicación a aquellas personas que se hubieran jubilado antes de la entrada en vigor de esta modificación, es decir, que no tenga carácter retroactivo, lo que garantizó la Gerencia de la Mutualidad.
- Que se modifique el Reglamento del Mutualismo Judicial, a fin de añadir que el contenido y la cuantía de las prestaciones sociales, en lo no contemplado en el Reglamento del Mutualismo Judiciales, se aprueben previo informe de la Comisión Permanente, y no queden al criterio de la Gerencia de la Mutualidad, que de un día para otro suprimió y modificó 18 prestaciones de este tipo. Modificación que también la Gerencia se niega a incluir en el proyecto de modificación del Reglamento del Mutualismo Judicial.
En
definitiva: Ninguna de las propuestas fueron atendidas, arguyendo que
no existía posibilidad presupuestaria para atenderlas. Para CCOO no
es de recibo la inseguridad jurídica que esta situación está
produciendo entre el colectivo de mutualistas, que, fundamentalmente,
no saben que criterio puede tomar la Mutualidad de cara a un futuro
inmediato en relación con los subsidios y prestaciones. CCOO se
opone al continuo recorte de prestaciones que sin ton ni son están
haciendo de esta Mutualidad, y entendemos que hay otros gastos
estructurales de la Mutualidad que se pueden suprimir antes que los
sociosanitarios, pero este es un debate que no quieren ni oír.
Madrid,
a 7 de junio de 2013
No hay comentarios:
Publicar un comentario