CCOO ha exigido al
Ministerio de Justicia que la supresión, de la disposición final
segunda de la Ley de Tasas, tenga carácter urgente porque, de lo
contrario, cientos de funcionarios y funcionarias deberán seguir
compareciendo con abogado y procurador hasta que se apruebe la Ley de
Justicia Gratuita
DESDE LA SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA HAN TRASLADADO A CCOO SU COMPROMISO DE SUPRIMIR LA DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA, ELIMINANDO LA POSTULACIÓN DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE LAS AAPP, PERO AFIRMA QUE SE INTRODUCIRÁ EN LA LEY DE JUSTICIA GRATUITA Y NO EN LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE TASAS
CCOO viene demandando desde que se conoció el texto de la ley de Tasas Judiciales, y más desde su aprobación y publicación en el BOE, que, entre las cuestiones que tenía que modificar el Ministerio de Justicia de dicha Ley se encontraba la eliminación de la Disposición final segunda, para que el personal funcionario de las AAPP pudiera interponer los recursos contenciosos-administrativos en defensa de sus derechos laborales y profesionales, sin la necesidad de acudir con abogado ni procurador. Y así lo hemos seguido reiterando en todas las reuniones que hemos mantenido con responsables del Ministerio de Justicia y en reiterados escritos que hemos remitido.
El
compromiso de hoy de la Subsecretaría de Justicia con CCOO de
eliminar esta disposición es una victoria para los trabajadores. No
obstante, y, teniendo en cuenta el incumplimiento de compromisos
anteriores del Gobierno, permaneceremos vigilantes para que sea así.
Y
CCOO rechaza, y así lo ha manifestado a la Subsecretaría de
Justicia, que no se introduzca esta cuestión en el Real Decreto de
modificación de la Ley de Tasas Judiciales que aprueba hoy el
consejo de ministros, porque alarga innecesariamente, y de forma
injustificada, la recuperación inmediata de este derecho fundamental
para el personal funcionario de las AAPP.
Además,
en el texto del Real Decreto que modifica la Ley de Tasas Judiciales,
y que aprueba hoy el Consejo de Ministros, se ha introducido la
siguiente modificación sobre dicha ley:
“Se
añade un nuevo apartado 4 al artículo 4:
«4. En el
orden contencioso-administrativo, los funcionarios públicos cuando
actúen en defensa de sus derechos estatutarios tendrán una exención
del 60 por ciento en la cuantía de la tasa que les corresponda por
la interposición de los recursos de apelación y casación.»
Para
CCOO es claramente insuficiente la introducción de este nuevo
apartado que, según el Ministerio de Justicia, se incorporará a la
Ley, porque solo permite garantizar que el personal funcionario
cuando deba acudir a interponer recurso de apelación o casación en
la jurisdicción contenciosa-administrativa en materia de defensa de
derechos profesionales, quedará exento del 60 % de la tasa y no del
100% de la misma, tal y como hemos exigido de forma reiterada.
CCOO
también rechaza por insuficientes las modificaciones introducidas
hoy a la ley de Tasas, porque entendemos que se debe eliminar
cualquier tasa judicial para todos los trabajadores y trabajadores,
sean personal público, funcionario o laboral, o de la empresa
privada.
Y
a pesar de los cambios que anuncia el ministro Gallardón, para CCOO
siguen siendo claramente insuficientes y por eso hemos mantenido
nuestra exigencia a la Defensora del Pueblo de que presentara el
recurso de inconstitucionalidad contra esta ley, porque mantiene
aspectos gravísimos que vulneran los derechos de la ciudadanía y de
los trabajadores y de las trabajadoras.
entrada relacionada
CCOO con la presión ejercida, consigue que se suprima la disposición final segunda de la Ley de Tasas Judiciales que introducía la obligación de postulación de los funcionarios públicos ante la jurisdicción contencioso-administrativa
entrada relacionada
CCOO con la presión ejercida, consigue que se suprima la disposición final segunda de la Ley de Tasas Judiciales que introducía la obligación de postulación de los funcionarios públicos ante la jurisdicción contencioso-administrativa
No hay comentarios:
Publicar un comentario