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jueves, 29 de noviembre de 2012

CCOO RECURRE LA INSTRUCCIÓN DE LA CONSEJERÍA SOBRE TOMA DE POSESIÓN Y CESES EN EL CONCURSO DE TRASLADO.

Dicha instrucción está obligando al personal interino a cesar en fechas concretas (26 noviembre, en Tramitación y 3 de diciembre, en Gestión y Auxilio) aunque no se haya incorporado el titular

Para CCOO este aspecto de la instrucción recurrida vulnera diversos preceptos legales, anteponiendo la Consejería criterios puramente economicistas a las necesidades del servicio público, sin importarle para ello el cumplimiento estricto de la legalidad.

Lo que dice el Real Decreto 1451/2005:

CAPÍTULO VI. FUNCIONARIOS INTERINOS.
Artículo 30. 4. Serán cesados según los términos que establezca la orden ministerial o, en su caso, la disposición de la comunidad autónoma a que se refiere el apartado primero de este artículo y, en todo caso, cuando se provea la vacante, se incorpore efectivamente su titular o desaparezcan las razones de urgencia o necesidad que motivaron su nombramiento.
Lo que dice la resolución recurrida:
En el Cuerpo de Tramitación, los interinos afectados al cubrirse su plaza por el funcionario adjudicatario, cesarán el día 26 de noviembre. Y los interinos de los Cuerpos de Gestión y Auxilio cesarán el día 3 de diciembre.
Esta arbitrariedad que recurrimos puede generar:
  • Que el puesto de trabajo quede desatendido durante un tiempo que puede ser largo en el caso de que el titular se encuentre de baja o licencia por enfermedad, vacaciones, permisos, etc.
  • Que el interino cesado antes de lo que le corresponde pierda derechos en cuanto a su prestación por desempleo o en cuanto a la acumulación de experiencia que mejore su puesto en las bolsas de trabajo.
  • Que se cese a un interino y haya que nombrar a otro distinto si la plaza quedase definitivamente sin cubrir por cualquier circunstancia.
Contacta para consultar el recurso y encontrar información para ejercer recurso individual (en las condiciones previstas para afiliados-as y resto trabajadores-as)




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