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miércoles, 3 de octubre de 2012

Los funcionarios de Justicia se plantan y dejan de realizar los actos que les corresponden al Juez y al Secretario Judicial

Ante los recortes de derechos impuestos a los funcionarios de justicia, estos han decidido cumplir con sus funciones estrictamente legales. Estas medidas podrían suponer el retraso en los expedientes de meses e incluso el cierre de Juzgados

Rueda de prensa plataforma Justicia
Los trabajadores del servicio de la Administración de Justicia de Andalucía dejarán de realizar, de forma individual, los actos procesales que exijan la intervención conjunta o separada del juez o magistrado y del secretario judicial, respetando escrupulosamente los principios de legalidad, inmediación y fe pública judicial, así lo ha anunciado en rueda de prensa en la plataforma de sindicatos de Justicia.



Tras pasar un cuestionario a los trabajadores en el mes de junio, los sindicatos han decidido adoptar esta medida. "Los trabajadores al servicio de la Administración de Justicia llevamos muchos años asumiendo, en la práctica diaria y de forma desinteresada, responsabilidades que exceden, en mucho, las que las propias leyes nos reconocen, sin que las mismas hayan sido debidamente valoradas ni por el Ministerio de Justicia, ni por la Consejería de Justicia", explica Juan Mañas, responsable de Justicia de FSC de CCOO Almería.

Por ello, en estos momentos, en una situación de conflicto laboral y de movilizaciones contra los recortes de derechos impuestos por el Gobierno Andaluz y el Gobierno Central, los funcionarios han decidido cumplir con lo estrictamente legal y no asumir funciones que no les corresponden por ley.

Así, los funcionarios de justicia no realizarán ningún apoderamiento Apud-acta, sin la presencia del secretario judicial, dejarán que sea este quien impulse el procedimiento y darán siempre cuenta a este cuando determinados aspectos exijan una interpretación de la ley  de las normas; no realizarán ningún acto de conciliación en el que no esté presente tanto el Juez como el Secretario Judicial; no realizarán comparecencias de peritos o testigos sin la presencia del Juez y Secretario; no recibirán ninguna declaración en pleitos y exhortos, así como denuncia penal alguna en los Juzgados de Guardia, ni celebrarán ningún juicio, sin la presencia de estas figuras; tampoco darán información sobre la situación de los procedimientos a quienes no sean los interesados; no informarán telefónicamente sobre el estado de los procedimientos o trámites judiciales y no asumirán la responsabilidad de elaborar estadísticas judiciales.

Estas medidas podrían suponer el retraso en los expedientes de meses.

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