Etiquetas

jueves, 12 de abril de 2012

JORNADA LABORAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA ANDALUZA.


En el BOE del pasado 28 de marzo, el día anterior a la convocatoria de la huelga general, se publicó una Orden del Ministerio de Justicia por la que se regula la duración de la jornada general de trabajo en cómputo anual y las de las jornadas en régimen de dedicación especial para el personal al servicio de la Administración de Justicia.

En el apartado tercero de esta Orden se dispone que la duración mínima de la jornada de trabajo en la Administración de Justicia será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo.
En la Administración de Justicia de Andalucía la jornada laboral está regulada por la Orden de 31 de octubre de 2007 de la Consejería de Justicia y Administración Pública, que en su artículo 4.2 dispone que la jornada ordinaria de trabajo será de treinta y cinco horas semanales de trabajos efectivos.

Es necesario recordar que la jornada laboral de TREINTA Y CINCO HORAS semanales en la administración de justicia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no fue un regalo que nos hizo la administración sino que fue consecuencia directa del ACUERDO MARCO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES CC.OO. y U.G.T., SOBRE CONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN ANDALUCÍA de 29 de julio de 2005, alcanzado tras una dura y costosa negociación con la administración.

También es preciso recordar que la huelga general convocada por CCOO y UGT el pasado 29 de marzo SE CONVOCABA TAMBIEN EN CONTRA DEL AUMENTO DE LA JORNADA LABORAL y que algunas organizaciones sindicales con representación en Justicia no convocaron la huelga porque, según ellos, al personal de justicia no nos afectaba.

Pues ahora la Consejería de Gobernación y Justicia ha convocado el próximo martes 17 de abril una reunión del grupo de trabajo con las organizaciones sindicales cuyo único punto del orden del día es: “aplicación y efectos de la Orden Jus 615/2012, de 1 de marzo: Adecuación de la normativa autonómica sobre jornadas y horario y propuesta de aprobación de calendario 2012”. Esto quiere decir que pretenden ampliar nuestro horario de trabajo a treinta y siete horas y media semanales.

¿Qué dirán y qué harán ante esto las organizaciones sindicales que no convocaron la huelga general?

No hay comentarios:

Publicar un comentario