USO
lleva más de un mes diciendo que los descuentos en nómina por
enfermedad son culpa de CC.OO, UGT y CSIF y de la Junta de Andalucía
por firmar un acuerdo de 9/7/13
( BOJA 22/7/13).
Eso
es mentira. Y lo más grave y triste: USO lo sabe.
Ante
su falta de propuestas, ante su falta de iniciativa, ante su
parálisis sindical, limitan su trabajo diario a mentir y a culpar a
los demás sindicatos de todos los recortes.
El
citado acuerdo recoge lo siguiente:
- Establece que en los casos de ausencia al trabajo por enfermedad, que no den lugar a incapacidad temporal ( IT ) no se aplicará descuento un total de cuatro días al año, de los que solo tres podrán ser consecutivos.
- No se aplicaran estos cuatro días de ausencia, y se cobrará el 100%, en los casos de intervención quirúrgica u hospitalización, los tratamientos de radioterapia o quimioterapia y los que tengan inicio durante el estado de gestación y los casos previstos en el RD 1148/11 (enfermedades muy graves).
Es
decir, el
Acuerdo se limita a regular los cuatro días al año en que no habrá
descuento por enfermedad que no dé lugar a IT, para aplicar la
disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012.
NO
SE REGULAN LAS IT POR ENFERMEDAD COMUN, como afirma de manera falsa
y tendenciosa el “sindicato” USO.
Lo
que no cuenta USO, y por eso mienten, es que el Acuerdo dice que las
medidas contenidas se aplicaran al personal de la Administración de
Justicia PREVIA NEGOCIACIÓN Y CONCRECIÓN EN LA MESA SECTORIAL DE
JUSTICIA, ES DECIR ES UN ACUERDO DE MINIMOS
Y
en esa Mesa Sectorial, los sindicatos mayoritarios son CSIF y USO. Lo
que salga de esa mesa será responsabilidad de todos, pero
especialmente de las fuerzas sindicales mayoritarias. Además el
acuerdo contiene otras medidas, que seguro que a USO, le parecen
perjudiciales:
- Reducción de jornada para atender a hijos o mayores con cáncer u otra enfermedad grave que convivan con sus progenitores
- Incrementa el permiso de lactancia de hijo menor de 12 meses, a 16 meses
- Incrementa el permiso por traslado de domicilio
- Mejora el disfrute del permiso por matrimonio o inscripción de pareja de hecho
- Amplia los supuestos de flexibilidad horaria para conciliar vida personal, familiar y laboral
- Incrementa los días de permiso en caso de festividades laborales que caigan en sábado
Hoja Informativa
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