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martes, 22 de octubre de 2013

Más sobre las mentiras de USO por los descuentos en caso de enfermedad

USO lleva más de un mes diciendo que los descuentos en nómina por enfermedad son culpa de CC.OO, UGT y CSIF y de la Junta de Andalucía por firmar un acuerdo de 9/7/13 
( BOJA 22/7/13). 
 
Eso es mentira. Y lo más grave y triste: USO lo sabe. 
 
Ante su falta de propuestas, ante su falta de iniciativa, ante su parálisis sindical, limitan su trabajo diario a mentir y a culpar a los demás sindicatos de todos los recortes.

El citado acuerdo recoge lo siguiente:
  1. Establece que en los casos de ausencia al trabajo por enfermedad, que no den lugar a incapacidad temporal ( IT ) no se aplicará descuento un total de cuatro días al año, de los que solo tres podrán ser consecutivos.
  2. No se aplicaran estos cuatro días de ausencia, y se cobrará el 100%, en los casos de intervención quirúrgica u hospitalización, los tratamientos de radioterapia o quimioterapia y los que tengan inicio durante el estado de gestación y los casos previstos en el RD 1148/11 (enfermedades muy graves).


Es decir, el Acuerdo se limita a regular los cuatro días al año en que no habrá descuento por enfermedad que no dé lugar a IT, para aplicar la disposición adicional trigésima octava de la Ley 17/2012. NO SE REGULAN LAS IT POR ENFERMEDAD COMUN, como afirma de manera falsa y tendenciosa el “sindicato” USO.

Lo que no cuenta USO, y por eso mienten, es que el Acuerdo dice que las medidas contenidas se aplicaran al personal de la Administración de Justicia PREVIA NEGOCIACIÓN Y CONCRECIÓN EN LA MESA SECTORIAL DE JUSTICIA, ES DECIR ES UN ACUERDO DE MINIMOS

Y en esa Mesa Sectorial, los sindicatos mayoritarios son CSIF y USO. Lo que salga de esa mesa será responsabilidad de todos, pero especialmente de las fuerzas sindicales mayoritarias. Además el acuerdo contiene otras medidas, que seguro que a USO, le parecen perjudiciales:
  • Reducción de jornada para atender a hijos o mayores con cáncer u otra enfermedad grave que convivan con sus progenitores
  • Incrementa el permiso de lactancia de hijo menor de 12 meses, a 16 meses
  • Incrementa el permiso por traslado de domicilio
  • Mejora el disfrute del permiso por matrimonio o inscripción de pareja de hecho
  • Amplia los supuestos de flexibilidad horaria para conciliar vida personal, familiar y laboral
  • Incrementa los días de permiso en caso de festividades laborales que caigan en sábado



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