El Ministerio de Justicia, ha procedido a la recepción y presentación de los textos elaborados por las Comisiones institucionales creadas por Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 2012, para la elaboración de propuestas de textos articulados de Ley Orgánica del Poder Judicial y de Ley de Enjuiciamiento Criminal.
DE PROSPERAR ESTOS
PROYECTOS, SOLO SE MANTENDRÁN ÓRGANOS JUDICIALES (LOS TRIBUNALES DE INSTANCIA)
EN LAS CAPITALES DE PROVINCIA, DESAPARECERÁN LOS JUZGADOS DE PAZ, LOS DE
INSTRUCCIÓN, PRIMERA INSTANCIA Y MIXTOS Y LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES
EL MINISTERIO FISCAL SERÁ
EL ENCARGADO DE LA
INSTRUCCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS POR DELITO
LOS PROCURADORES PODRÁN
REALIZAR LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN Y LAS DILIGENCIAS DE EJECUCIÓN
Madrid, 4 de Marzo de
2013
El
pasado año, el CGPJ, propuso al Ministerio de Justicia la supresión
de un elevadísimo número de partidos judiciales reunificando los
actualmente existentes. Ya entonces, desde CCOO
hicimos pública nuestra oposición a dicha propuesta por entender
que la misma suponía un alejamiento de la Administración de
Justicia de los ciudadanos. Esta oposición fue secundada a instancia
de CCOO
por un sinfín de municipios españoles y por varias asambleas de
distintas Comunidades Autónomas.
La
nueva organización que ahora se propone por las “comisiones de
expertos” ahondan en el problema que entonces denunciamos y pone a
CCOO
sobre aviso del evidente peligro que está profunda transformación
de la Administración Justicia puede causar en forma de destrucción
de puestos de trabajo,
traslado multitudinario de personal afectado por la supresión
de las sedes judiciales de los Juzgados de Paz y de los Juzgados
radicados fuera de las capitales de provincia
y modificaciones también retributivas derivadas de la supresión o
reducción de los Juzgados de Guardia tal y como ahora los conocemos.
Ante
este nuevo proyecto organizativo sigue siendo para Comisiones Obreras
como prioritaria que no supondrá en ningún caso la eliminación de
puestos de trabajo, a la vez que incidiremos en que no se produzcan
traslados forzosos, especialmente con cambio de residencia y que
ninguna retribución se vea mermada por la implantación del nuevo
modelo.
Las
reformas que más nos afectan y que están recogidas en estas
propuestas son:
- La desaparición de los Juzgados de Paz, de todos los Partidos Judiciales y de las Audiencias Provinciales.
- Se potencia la función pública de los Procuradores para que realicen actos de comunicación y de ejecución bajo la dirección de los Secretarios.
- La creación para la primera instancia en todos los órdenes jurisdiccionales de los Tribunales de Instancia, de ámbito provincial (salvo en Madrid y Barcelona que podrán tener ámbito inferior al provincial).
- La organización judicial del estado quedaría establecida con el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los Tribunales Superiores de Justicia y los Tribunales de Instancia.
- La atribución de la dirección de la investigación penal al Ministerio Fiscal.
Otros
aspectos contenidos en el proyecto que afectan a nuestras condiciones
de trabajo son:
- La eliminación del mes de Agosto como mes inhábil para las actuaciones judiciales.
- Los Secretarios Judiciales cambian de nombre y pasan a denominarse Letrados al servicio de la Admón. de Justicia.
- Como dato curioso, permanecen el Registro Civil Central y los Registros Civiles Exclusivos como centros de destino de los funcionarios de justicia.
Para
la implantación de los Tribunales de Instancia el documento plantea
que “la Ley de Demarcación y Planta deberá establecer un período
transitorio razonable, que permita una adaptación poco traumática
al nuevo modelo organizativo”.
Según
la propuesta, el Tribunal de Instancia constará de cuatro Salas, una
por cada orden jurisdiccional. Dentro de cada Sala habrá “unidades
judiciales” y “secciones”, dependiendo de que el asunto sea
atribuido por las leyes procesales a un juez unipersonal o a un
colegio de jueces. Las Salas asumirán todas las funciones que
actualmente desempeñan todos los Juzgados de la provincia y las
Audiencias Provinciales en primera instancia (o del ámbito
territorial que corresponda en Madrid y Barcelona).
En
los Tribunales Superiores de Justicia habrá también cuatro salas,
una por cada orden jurisdiccional. Serán el órgano ordinario de
segunda instancia para todos los procedimientos, asumiendo los
recursos que ahora tramitan las Audiencias Provinciales.
El
Código Procesal Penal sustituirá a las vigentes leyes de
Enjuiciamiento Criminal, del Jurado y del Procedimiento de Habeas
Corpus.
El
Fiscal asumiría las actuales funciones de los Jueces de Instrucción
en cuanto a la investigación de los delitos. Ello obligaría, con el
esquema organizativo a que se refiere la nueva LOPJ, a la creación
dentro de las Salas Penales de los Tribunales de Instancia de
unidades o secciones de garantías, para la adopción de medidas
cautelares o para acordar diligencias de investigación (o para
ratificar las acordadas por los fiscales) que pudieran afectar a
derechos fundamentales (por ejemplo, prisión provisional o
intervención telefónica).
Esta
nuevas atribuciones de las fiscalías conllevarían un traslado
multitudinario de funcionarios (de los juzgados de instrucción a las
fiscalías) que se sumaría al provocado por la desaparición de los
juzgados de paz y de primera instancia, instrucción o mixtos.
Tendría además incidencia en la realización de las guardias y en
las retribuciones por este concepto.
CON
EL APOYO DE TODOS/AS, COMISIONES
OBRERAS IMPEDIRÁ
QUE LAS MODIFICACIONES ORGANIZATIVAS PUEDAN INFLUIR NEGATIVAMENTE EN
NUESTRAS CONDICIONES DE TRABAJO Y EN EL EMPLEO PÚBLICO
BASTA
DE RECORTES
¡¡¡MOVILÍZATE
CON CCOO!!!
http://www.mjusticia.gob.es/
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