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lunes, 30 de junio de 2014

El pleno del CGPJ aprueba el informe sobre la reforma de la LOPJ (26 y 27 junio)

CCOO RECHAZA EL INFORME APROBADO POR EL PLENO DEL CGPJ,  PORQUE SUPONE UN AVAL PARA ASPECTOS CLAVES DE LA REFORMA DE LA LOPJ DE CONTENIDOS INTOLERABLES 

PORQUE, si finalmente no la detenemos con la presión al Ministerio de Justicia y con la movilización, LA REFORMA DE LA LOPJ SERÁ UN RETROCESO MONUMENTAL EN DERECHOS PARA LOS MILES DE TRABAJADORES/AS QUE PRESTAN SERVICIOS EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y PARA LA CIUDADANÍA, AL SUPRIMIR LOS PARTIDOS JUDICIALES, LAS AUDIENCIAS PROVINCIALES Y LOS JUZGADOS Y AGRUPACIONES DE JUZGADOS DE PAZ

El informe ha sido aprobado por 13 votos a favor y 7 en contra. Han votado a favor todos los vocales (diez) nombrados a propuesta del PP, más el Presidente del CGPJ, y dos de los nombrados a propuesta del PSOE. Han votado en contra, cuatro de los nombrados a propuesta del PSOE (en el momento de la votación estaba ausente una de las vocales nombradas a propuesta de este último partido), y los tres vocales nombrados a propuesta de IU, CiU y PNV, respectivamente.


Fueron rechazadas, por los votos de nueve vocales propuestos por el PP y el del Presidente del CGPJ, dos enmiendas a la totalidad del informe presentado para su aprobación por el pleno del CGPJ, que solicitaban que se instara al Gobierno a que retirara el anteproyecto de reforma de la LOPJ, una que suscribieron cinco vocales propuestos por el PSOE y la vocal propuesta por IU, que obtuvo 10 votos en contra y cinco en blanco, y otra enmienda a la totalidad del informe suscrita por los vocales propuestos por CiU y PNV, que fue rechazada también por 10 votos en contra, y obtuvo 9 en blanco.

Además, el pleno del CGPJ ha aprobado enmiendas y propuestas de algunas modificaciones al anteproyecto de reforma de la LOPJ. A continuación, algunos de los aspectos destacados en la reseña del propio Consejo en su web, de lo discutido en el pleno:

-Doctrina jurisprudencial vinculante del Tribunal Supremo El CGPJ pide su supresión del Anteproyecto, tras aprobar  varias enmiendas que se hacen eco de las reflexiones que sobre esta cuestión realizó la Sala de Gobierno del propio Tribunal Supremo en el informe que le fue solicitado por el CGPJ. 

-Sobre la prohibición de libertad de expresión a los Jueces, otros funcionarios y Asociaciones. El Anteproyecto debería recoger expresa y explícitamente los bienes constitucionales que justifican la restricción del derecho de expresión e información de los miembros de la Carrera Judicial, como es el caso de la independencia judicial, especificando que la limitación “es admisible cuando la valoración pueda provocar una perturbación en el juez al que corresponde el conocimiento del asunto de actualidad”.

-Competencia judicial internacional en el orden penal.  El texto ddel CGPJ señala que “no existe una norma internacional general que obligue a los Estados a incorporar el principio de justicia universal a sus leyes nacionales de atribución de jurisdicción penal a sus tribunales” y añade que “si lo hacen, y en qué medida lo hacen, es una decisión de política criminal que compete al legislador nacional”.

-Aforamiento de la Familia Real.  El reconocimiento de la prerrogativa del aforamiento a la Reina consorte o al consorte de la Reina, al Príncipe heredero y su consorte “merece una valoración positiva, al tratarse de personas consideradas de la máxima relevancia del Estado”. 

-Aforamiento de miembros de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial. Se plantea “la necesidad de su limitación ad personam” y se propone “enfatizar el carácter funcional de esta prerrogativa, de manera que deberá vincularse, en todo caso, a los hechos cometidos en el ejercicio de la profesión o el cargo y al actual desempeño o ejercicio del mismo, cesando cuando cese aquel”.

-La instrucción colegiada.  La instrucción colegiada “no es una respuesta adecuada” a los objetivos que señala el Anteproyecto (...) y constituye “un sistema disfuncional para una adecuada y ágil instrucción penal”. 

-Los Tribunales Provinciales de Instancia El establecimiento de Tribunales Provinciales de Instancia (TPI) como órgano de la primera instancia “se presenta como una organización idónea y adecuada”.

-Juntas de Jueces y Jueces Decanos. Respecto a la supresión de las Juntas de Jueces y de los Jueces Decanos, el texto subraya que las competencias de las primeras “no son en absoluto despreciables”  y que “es evidente el valor simbólico que los Decanos tienen como órganos de representación y expresión de los Jueces de una misma población”.

CCOO considera la aprobación de este informe como un nuevo paso atrás en los derechos de miles de trabajadores/as y de millones de ciudadanos, pues el informe avala de manera clara la eliminación de los partidos judiciales y de las Audiencias Provinciales y la supresión de los Juzgados de Paz y de las Agrupaciones de Juzgados de Paz.

El informe da un aval muy significativo al contenido de la reforma de la LOPJ en los aspectos anteriores, y se muestra muy moderadamente crítico solo en muy pocos aspectos de la reforma.

Las enmiendas aprobadas por el Pleno del CGPJ, en relación con la supresión de la Justicia de proximidad, son simplemente unas recomendaciones, además muy coincidentes con el texto del anteproyecto de la reforma de la LOPJ. No es en absoluto suficiente la aprobación de estas enmiendas, porque son tan solo una mera justificación ante los cientos de resoluciones aprobadas por los Ayuntamientos, y en bastantes casos ya por varios Parlamentos autonómicos, que exigen el mantenimiento de toda la justicia de proximidad, en muchos casos con el voto favorable de todos los grupos.

Recordamos que las enmiendas sobre la supresión de la Justicia de proximidad aprobadas por el pleno del CGPJ los días 26 y 27 de junio, solo expresan: " El establecimiento de Tribunales Provinciales de Instancia (TPI) como órgano de la primera instancia “se presenta como una organización idónea y adecuada” (...) No obstante, el CGPJ propone flexibilizar el modelo (de los Tribunales Provinciales de Instancia) cuando concurran circunstancias geográficas, demográficas, territoriales, socieconómicas, de volumen de litigiosidad o de carga de trabajo extraordinarias." y (...) "Se abra una reflexión sobre la posibilidad de crear tribunales de base como modelo de Justicia de proximidad o primer escalón de la estructura judicial."

Como informamos en su día, el pasado 16 de junio, a instancia de CCOO, una delegación del Sector de Administración de Justicia del sindicato se reunió con el Presidente del CGPJ para reclamarle el mantenimiento de todos los centros de destino actuales y de todos los partidos judiciales, Audiencias Provinciales y de toda la Justicia de Paz, y que el informe del Pleno contuviera su defensa.

El Presidente del CGPJ contestó a nuestras reclamaciones expresando que estaba de acuerdo en el mantenimiento de todas las sedes actuales, que compartía la permanencia de la Justicia de Proximidad (si bien no afirmó su defensa expresa de que esa Justicia de proximidad mantuviera todos los Juzgados y Agrupaciones de Juzgados de Paz) y se definió a favor de que se incluyeran igualmente en la LOPJ todos los centros de destinos actuales para el personal de la Administración de Justicia.

CCOO lamenta profundamente que las manifestaciones que nos hizo el Presidente del CGPJ no se hayan trasladado de forma mucho más firme al texto del informe. Y que solo haya habido declaraciones o enmiendas de contenido muy superficial que carecen completamente de valor ejecutivo y que son absolutamente insuficientes.


¡¡ HAY QUE PARAR LAS REFORMAS DE GALLARDÓN,
NO ESPERAR A SUFRIR SUS CONSECUENCIAS!!


EMPLEA TU FUERZA,
VAMOS A CAMBIAR LAS COSAS

NO LO DUDES, MOVILÍZATE Y LUCHA!!! 




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