CUANDO
LA DEFENSA DE LA PROFESIÓN DE PROCURADOR “CHOCA” CON EL SERVICIO
PÚBLICO Y LA DEFENSA DE 12.000 PUESTOS DE TRABAJO EN LA ADMON. DE
JUSTICIA, GALLARDÓN DEBE RECTIFICAR: ¡NO
A LA REFORMA DE LA L.E.C.!
Cuando
denunciamos la “privatización” a la que está siendo sometida la
Administración de Justicia por el ministro Gallardón, uno de los
ejemplos más llamativos de ello es la reforma
de la L.E.C. aprobada
en Consejo de Ministros el pasado 3 de mayo y en trámite
parlamentario, por la que se entrega a los Procuradores la
posibilidad de realizar todos
los actos de comunicación (citaciones,
notificaciones y emplazamientos) y
determinados actos de ejecución (embargos,
diligencias de tomas de posesión de bienes muebles, depósito y
administración judicial de bienes embargados…), además de
otorgarles la condición de agentes
de la autoridad cuando
ejecuten los embargos, suprimiendo también la necesidad de realizar
las notificaciones acompañados de dos testigos en el caso de que al
realizarla, la persona se encuentre en su domicilio. Y esta reforma
de la L.E.C. la sustenta el Gobierno para agilizar y dotar de mayor
eficacia los trámites en la Administración de Justicia, haciendo
culpables de la lentitud y atasco de los órganos judiciales a los
empleados públicos.
Pero
en realidad esta reforma supondrá no solo un encarecimiento más de
los costes de la Justicia para repercutir en el ciudadano, sino que
supondrá la supresión de más de 12.000 puestos de trabajo en la
Administración de Justicia de los Cuerpos de Gestión, Tramitación
y Auxilio destinados en órganos como los SCNE, Decanatos, Juzgados…
Muy
unida a esta reforma, recientemente hemos conocido el Anteproyecto
de la Ley de Servicios y Colegios Profesionales,
aprobado en consejo de ministros el pasado 2 de agosto por el que,
entre otras cuestiones, se establece la compatibilidad del “ejercicio
simultáneo por la misma persona de las profesiones de abogado y
procurador, excepto en aquellas funciones en las que el procurador
ostente la condición de agente de la autoridad…” y son estas
funciones como agente de la autoridad las que la reforma de la L.E.C.
en trámite les atribuye a los procuradores para los actos de
ejecución (=embargos) y que hasta hoy vienen realizando (a veces con
medios cada vez más escasos) los empleados públicos de la admón..
de Justicia.
CCOO
no compartimos muchos de los aspectos recogidos en este Anteproyecto
de Ley de Colegios profesionales
pues va a conllevar un empeoramiento de la calidad de los servicios
que hasta ahora prestan algunos profesionales colegiados, porque
exime de la obligación de colegiación que garantiza para la
ciudadanía la buena práctica de los profesionales que les atienden.
En algunos casos en que los honorarios están tasados, como ocurre
en el caso de los procuradores, la reforma eliminará los aranceles
de tal forma que sus honorarios serán fijados libremente con los
clientes, pero
tampoco podemos compartir muchas de las alegaciones que los
Procuradores han presentado a dicho Anteproyecto y para cuya adhesión
están recogiendo firmas entre los trabajadores de la Admón. de
Justicia,
pues lejos de denunciar los perjuicios que este Anteproyecto causará
al servicio que estos profesionales prestan a la ciudadanía, o el
impacto que dicha reforma tendrá en su profesión, se autodefienden
presentándose como los salvadores de la Administración de Justicia
gracias a los “nuevos
cometidos”
que les pretende atribuir el ministro Gallardón con la reforma de la
LEC y para los que están “perfectamente
capacitados”
(…)
evitando así las dilaciones que se producen en el ámbito de la
Administración de Justicia” o en que “es necesario que el
procurador compatibilice su originaria función de representante con
un mayor protagonismo en las labores de gestión y tramitación de
los procedimientos judiciales” o en que “la implantación de las
nuevas tecnologías en el campo de los actos de comunicación
judicial no resulta posible sin la efectiva participación de los
servicios de recepción de notificaciones de los Colegios de
Procuradores y los procuradores en la gestión de los actos de
comunicación judicial” o “En este sentido , desde el punto de
vista estructural y organizativo de los procesos, el procurador está
llamado a desempeñar un rol propio y específico, que se traduce en
la ganancia de eficacia en la práctica de las notificaciones y una
adecuada gestión en la tramitación de la ejecución de las
resoluciones judiciales de modo que contribuyen de manera decisiva en
unos casos a evitar unos retrasos que perjudican a los ciudadanos que
comparecen ante los tribunales”
CCOO
no dudaríamos en alentar a los trabajadores de la Administración de
Justicia a apoyar masivamente a la defensa del trabajo y de la
profesión de los Procuradores si ello conllevara también
su rechazo expreso y contundente a la reforma de la L.E.C. que supone
la pérdida de 12.000 puestos de trabajo de los empleados públicos
de la admón.. de Justicia
cuya independencia y objetividad –por no estar al servicio de una
de las partes del proceso- sustenta con su labor el Servicio Público
a los ciudadanos, por
ello instamos al Colegio de Procuradores a rechazar con igual
contundencia el Anteproyecto de Ley de Colegios Profesionales y el
Anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Madrid,
20 de septiembre de 2013
¡NO
A LA PRIVATIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA!
¡SÍ
AL EMPLEO PÚBLICO!
¡DEFIENDE
EL SERVICIO PÚBLICO DE LA JUSTICIA!
¡¡¡DEFENDAMOS
TODOS LOS PUESTOS DE TRABAJO!!!
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