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lunes, 20 de octubre de 2014
Plazas de Gestión Promoción Interna
Adjuntamos relación de plazas a ofertar, en la provincia de Cádiz, a los opositores y opositoras aprobadas en el Cuerpo de Gestión (Promoción Interna), y que les serán adjudicadas una vez finalizado el proceso selectivo del IAAP.
PRIM. INST. Nº4 DE ALGECIRAS ALGECIRAS CÁDIZ 1
INSTRUCCIÓN Nº 3 DE ALGECIRAS ALGECIRAS CÁDIZ 1
INSTRUCCIÓN Nº 4 DE ALGECIRAS ALGECIRAS CÁDIZ 1
1ª I/I Nº 1 DE BARBATE BARBATE CÁDIZ 1
1ª I/I Nº 2 DE BARBATE (vsm) BARBATE CÁDIZ 2
1ª I/I Nº 1 DE LA LÍNEA DE LA C. (RC) LA LÍNEA DE LA CONCEP. CÁDIZ 2
1ª I/I Nº 2 DE LA LÍNEA DE LA C. LA LÍNEA DE LA CONCEP. CÁDIZ 1
1ª I/I Nº 3 DE LA LÍNEA DE LA C. (vsm) LA LÍNEA DE LA CONCEP. CÁDIZ 2
1ª I/I Nº 4 DE LA LÍNEA DE LA C. LA LÍNEA DE LA CONCEP. CÁDIZ 1
1ª I/I Nº 3 DE SAN FERNANDO (RC) SAN FERNANDO CÁDIZ 1
1ª I/I Nº 1 DE SAN ROQUE (RC) SAN ROQUE CÁDIZ 1
1ª I/I Nº 2 DE SAN ROQUE (vsm) SAN ROQUE CÁDIZ 2
1ª I/I DE UBRIQUE UBRIQUE CÁDIZ 1
PENAL Nº 1 DE CÁDIZ CÁDIZ CÁDIZ 1
PENAL Nº 2 DE CÁDIZ CÁDIZ CÁDIZ 1
PENAL Nº 3 DE CÁDIZ CÁDIZ CÁDIZ 1
PENAL Nº 1 DE ALGECIRAS ALGECIRAS CÁDIZ 1
PENAL Nº 2 DE ALGECIRAS ALGECIRAS CÁDIZ 1
Comision de Servicios en Conil
Fecha de publicación: 20/10/2014
Plazo de Solicitudes. del 20 al 25 (ambos inclusive)
Resolución MUGEJU modificando ayudas FAS
Adjuntamos
enlace al BOE de hoy, 20 de octubre, en donde se ha publicado la
resolución de la MUGEJU que modifica parcialmente las ayudas del fondo
de asistencia social que, como os hemos informado en un correo anterior,
ha sido modificada de manera unilateral por la Gerencia de la MUGEJU sin informar a la Comisión Permanente
Resolución
de 9 de octubre de 2014, de la Mutualidad General Judicial, por la que
se modifica parcialmente la de 26 de diciembre de 2012, por la que se
establecen los criterios de concesión de las ayudas del Fondo de
Asistencia Social.
CCOO denuncia
que otra vez más la Gerencia de la MUGEJU suprime el límite de rentas
para acceder a ayudas del Fondo de Acción Social (FAS) algo que no se
entiende, salvo que se quiere privilegiar a determinadas personas. El
FAS se creó, para cubrir, dentro de sus
limitaciones y de las previsiones presupuestarias, aquellas situaciones
excepcionales de extrema necesidad en que puedan encontrarse los
mutualistas o los familiares a su cargo. Dado
el carácter excepcional de las prestaciones del Fondo de Asistencia
Social, desde su establecimiento éstas han estado sujetas a determinados
niveles de renta e ingresos de los solicitantes, de forma que cuando la
unidad familiar del solicitante supera determinado nivel de ingresos y
renta se entendía que no se estaba ante un estado de necesidad que
justificara el abono de la ayuda correspondiente, y ello con
independencia de la patología del mutualista o familiar a su cargo.
CCOO no
se opone a la supresión de los baremos de renta e ingresos en todas las
solicitudes de ayudas del fondo de acción social pero siempre y cuando
se recuperen todas las ayudas de este fondo que fueron suprimidas por
las resoluciones de esa Gerencia.
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